BENEFICIOS OTORGADOS


Somos una cooperativa eminentemente
de carácter social


CONTÁCTANOS

Requisitos para el otorgamiento de beneficios por fallecimiento

Se llama así a la compensación económica que se otorga por una sola vez y por cada miembro del núcleo familiar que fallezca, constituye un derecho adquirido siempre y cuando el socio titular cumpla con lo normado en el reglamento.

El monto del beneficio será señalado por la Asamblea General de Delegados o por el Consejo de Administración.

Para solicitar el pago del beneficio el socio deberá presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud de pago del Beneficio en formato que le proporcionara la cooperativa, en la que consignara toda la información necesaria. (Formato)
  • Partida de defunción original o copia legalizada
  • Copia simple del Certificado de Defunción.
  • Copia del DNI del solicitante y del fallecido
  • Copia de la última Boleta de Pago.
  • Documento que acredite la filiación del solicitante con el fallecido, es decir acreditar el parentesco, mediante Partida de nacimiento, matrimonio o cualquier otro documento que tenga valides legal.

Beneficios Pagados por la COOPAM - BN

En esta parte de nuestra página, hacemos de conocimiento la relación de nuestros asociados que se han hecho acreedores al beneficio por sepelio que otorga nuestra institución.
Es necesario precisar que en dichas relaciones se detalla la fecha del otorgamiento del beneficio, el nombre del beneficiario y el monto, las mismas que se han confeccionado por año calendario.
Esta importante ayuda que se otorga a nuestros asociados al fallecimiento de algún familiar debidamente inscrito, es posible gracias al aporte de cada uno de quienes conformamos esta Institución, aportes que constituyen el Fondo de Beneficio Social (FONBES), haciendo realidad la ayuda mutua, pues todos ayudamos a quien hoy necesita y así sucesivamente.
El monto del beneficio será señalado por la Asamblea General de Delegados o por el Consejo de Administración.