Requisitos para el otorgamiento de beneficios por fallecimiento
Se llama así a la compensación económica que se otorga por una sola vez y por cada miembro del núcleo familiar que fallezca, constituye un derecho adquirido siempre y cuando el socio titular cumpla con lo normado en el reglamento.
El monto del beneficio será señalado por la Asamblea General de Delegados o por el Consejo de Administración.
Para solicitar el pago del beneficio el socio deberá presentar los siguientes documentos:
- Solicitud de pago del Beneficio en formato que le proporcionara la cooperativa, en la que consignara toda la información necesaria. (Formato)
- Partida de defunción original o copia legalizada
- Copia simple del Certificado de Defunción.
- Copia del DNI del solicitante y del fallecido
- Copia de la última Boleta de Pago.
- Documento que acredite la filiación del solicitante con el fallecido, es decir acreditar el parentesco, mediante Partida de nacimiento, matrimonio o cualquier otro documento que tenga valides legal.




